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Consecuencias tributarias de la fuga de empresas

En el día de ayer compareció en los informativos del medio «La Sexta» nuestro socio-director Javier Añoveros, para informar de las consecuencias recaudatorias de la fuga de empresas.
Hoy nos proponemos ampliar la información aportada para despejar las dudas que puedan quedar sobre el tema.

El hecho de que las empresas más importantes de una Comunidad Autónoma, respondiendo a la busqueda de seguridad jurídica, decidan abandonarlo cambiando su sede social y fiscal, implica un daño irreparable a la imagen institucional de la propia región, provocando un frenazo en inversiones futuras y en el crecimiento de las actuales.
Pero también tiene consecuencias negativas directas en la recaudación tributaria de dicho territorio autónomo.

El impuesto del que más se ha hablado pese a no ser el de mayor influencia, el Impuesto de sociedades, es competencia recaudatoria exclusiva del estado, por lo tanto un cambio de domicilio no tiene repercusión directa en la economía del territorio.
Pero otros impuestos son cedidos en su totalidad o por tramos a las comunidades autónomas, por ejemplo el IVA e IRPF se cede al 50%,y las transmisiones patrimoniales y el impuesto sobre electricidad al 100%.

El motivo por el cual el estado cede solo un porcentaje de estos impuestos en vez de cederlos en su totalidad, es para evitar una descompensación  territorial en la recaudación motivada al producirse el hecho impositivo en una región pero aplicarse donde este situada la sede fiscal de la empresa vendedora. Ya que de este modo se ven favorecidas las comunidades con mayor volumen empresarial como Madrid y Barcelona.
El tramo de los tributos que administra el estado vuelve a las comunidades autónomas según unas variables donde influye el porcentaje de población, la distribución por edad, y otros factores, para evitar una desigualdad pronunciada entre los habitantes.

La fuga tendrá un perjuicio cuantificable importante

En la siguiente tabla podemos apreciar la importancia económica de la tributación en Cataluña (solo se recogen los más relevantes) y las futuras consecuencias que conlleva la fuga de empresas.

 

 

Explicado lo anterior,ante esta disminución en la capacidad recaudatoria de Catalunya no se pude culpar a las empresas que han decidido cambiar su sede, ya que responde a obtener una mayor protección jurídica ante el escenario de incertidumbre actual.

Nosotros esperamos que la gran mayoría de estas empresas vuelvan después de las elecciones del 21D.

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