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Novedades impositivas para autónomos en 2018

¿Cuáles son los incentivos, bonificaciones y demás novedades que afectan a los autónomos?

 

Este 2018 será uno de los años con más cambios a nivel fiscal debido a la entrada en vigor de la nueva Ley de Autónomos. A continuación detallamos las principales modificaciones a nivel impositivo y en relación con los gastos en la Seguridad Social. Dos de las partidas que más relevancia tienen en el bolsillo de los autónomos.

Impuestos:

A nivel impositivo, las principales modificaciones que afectan a deducciones fiscales en este año son:

Seguros por enfermedad. Los autónomos con seguro por enfermedad, así como los de su cónyuge o hijos menores de 25 años pueden deducirse el gasto. El máximo es de 500 euros por persona, y el límite 4 personas. Lo que significa que la ley permite deducirse el gasto de hasta 4 personas en seguros de salud, es decir, 2.000 euros.

Recibos de hogar. Los autónomos que trabajen desde su propio domicilio podrán deducirse hasta un 30% de los gastos en suministros del hogar, como luz, telefonía o agua.

– Gastos de manutención. Aquellos autónomos que coman en un restaurante podrán deducirse el gasto. Siempre que se realice mediante pago electrónico y se solicite la factura correspondiente,  es posible deducirse hasta 26,67 euros al día en comida. En caso de estar en el extranjero, la cuantía máxima asciende a 48,08 euros.

Seguridad Social:

En el ámbito de la Seguridad Social, también se han producido una serie de cambios que afectan directamente a los autónomos:

– Cotizaciones RETA. Los autónomos pueden abonar sus cuotas por sus días trabajados y no por el mes entero. Además, se pueden dar de alta y de baja hasta tres veces en el año natural, para que puedan escoger en función de sus intereses. De igual manera, se permite cambiar la base de cotización hasta cuatro veces en el mismo ejercicio.

– Retrasos en los pagos. Se ha reducido el recargo por retraso en el pago de las cuotas. Concretamente se ha pasado del 20% al 10% en los ingresos fuera de plazo en el primer mes.

– Pluriactividad. Los autónomos que, al mismo tiempo, estén trabajando como asalariados no tendrán que solicitar el exceso de cotización. Con la nueva ley, la devolución se realiza de forma automática, sin la necesidad de tener que solicitarlo.

Bonificación por cuidado de menores. La edad máxima para obtener una bonificación por el cuidado de menores pasa a los 12 años. Las condiciones en caso de maternidad, paternidad, acogimiento o adopción también han mejorado.

Contrato a familiares. Los autónomos que contraten a familiares de hasta segundo grado por consanguineidad o afinidad (incluso parejas de hecho) tendrán una bonificación durante un año.

Jubilación. Los autónomos podrán recibir el 100% de su pensión por jubilación y seguir trabajando. El requisito es tener, al menos, un empleado al cargo.

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«LAS DECISIONES QUE TOMEMOS HOY, REPERCUTIRÁN EN NUESTRA ESTABILIDAD ECONÓMICA FUTURA»

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