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¿CONOCEMOS LA RENTA VITALICIA INMOBILIARIA?

Más del 87% de los mayores de 65 años en España tiene una vivienda en propiedad, y la pensión media ronda los mil euros. Los españoles ahorramos mucho, si bien buena parte del ahorro está invertido en inmuebles, por lo que tienen poco líquido. Eso puede ser un problema para sobrellevar los gastos, en especial en época de crisis que muchas veces han tenido que ayudar a hijos y nietos. Por eso nace la renta vitalicia inmobiliaria.

¿Qué es la renta vitalicia inmobiliaria?

La renta vitalicia inmobiliaria es la venta del inmueble a un inversor a cambio de una cantidad mensual hasta el momento del fallecimiento. El propietario del inmueble deja de serlo, pero tiene el usufructo hasta su fallecimiento y no debe pagar gastos. El comprador se hace cargo del pago de los impuestos como el IBI o las derramas.

Se hace a partir de los 65 años, cuando la mayoría de personas se jubilan y dejan de percibir un sueldo para pasar a tener una pensión. Aquellas personas con pensiones bajas disponen de muy poco líquido y no pueden afrontar algunos gastos y menos darse caprichos. La renta vitalicia inmobiliaria hace que sumen un extra a sus pensiones, que puede incluso ser bastante mayor que éstas, y así saquen partido a su propiedad y puedan disponer de dinero.

El único problema es que se deja de ser propietario de la vivienda, por lo que no se puede dejar en herencia. Es una buena opción para personas sin descendencia o con más propiedades para dejar en herencia. Aunque, claro está, también lo es para aquellos que tienen una propiedad pero poco dinero efectivo, aunque sí que tengan descendientes.

¿Cómo funciona?

La renta vitalicia inmobiliaria se debe pactar con el inversor/comprador. Los inversores adquieren la nuda propiedad a cambio del pago de una renta el resto de la vida al anterior propietario. Pero no compran la casa por el 100% del valor, sino por un precio inferior, que suele rondar el 70% del total.

La cantidad mensual dependerá de cuántos años lo disfruten los anteriores propietarios. Para calcular cuánto les corresponde cada mes se prorrateará su esperanza de vida (según el INE).

Si el inversor deja de pagar automáticamente se anulará la venta y se devolverá a los anteriores propietarios la vivienda sin necesidad de devolver nada.

¿Qué tipos de modalidades de renta vitalicia inmobiliaria existen?

Si bien no todas podrían considerarse puramente como tales, si atendemos a que permiten obtener unos ingresos a partir de la inversión en el inmueble:

Renta Vitalicia; Aquella en la que la persona mayor vende la nuda propiedad y mantiene el usufructo vitalicio, a cambio de percibir una renta mensual de por vida.

Renta Temporal; Aquella en la que la persona mayor vende la nuda propiedad y mantiene el usufructo vitalicio, a cambio de percibir una renta por un plazo determinado. Esta modalidad permite recibir más importe que la anterior, pero durante menos tiempo.

 

Desde RHOMBUS pensamos que es una opción más a considerar y valorar. A través de nuestro equipo le ayudaremos a buscar y analizar la opción que más le convenga según su situación.  así como la gestión y activación de la misma. Mediante nuestro equipo de profesionales le garantizaremos, como siempre, su tranquilidad financiera.

 

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